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Si podemos y el área competente lo considera oportuno, la próxima vez que entres puede que veas incluida tu sugerencia. ¡¡¡Muchas Gracias!!!
Abandonados (hijos)
Los menores de 18 años, o mayores con minusvalía igual o superior al 65 %, sean o no huérfanos o pensionistas de orfandad, y que estén abandonados por sus padres, se encuentren o no en acogimiento familiar, pueden ser beneficiarios de las prestaciones familiares por hijo a cargo.
Accidente
Acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas (ver siniestro).
Accidente de Trabajo
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Accidente no laboral
Le corresponde la acción protectora en la misma forma que en la enfermedad común, sin exigencia de periodo previo de cotización.
Acción
Ejercicio de un derecho que conceden las leyes para pedir la intervención de los órganos competentes del Poder Judicial.
Acción formativa
Medidas de elevación cultural de los trabajadores y familiares a su cargo (becas, bolsas de estudio, subvenciones, etc.) incluidas inicialmente en la Ley de Seguridad Social de 1974 y que se entienden derogadas tácitamente, aunque no de modo expreso.
Acción Protectora
Medidas de asistencia y protección otorgadas por el Estado y reconocidas por la Administración de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones de necesidad que se determinan en la ley.
Acogimiento
Institución que tiene como fin la guarda de los menores en situación de desamparo, o por solicitud de padres y tutores en circunstancias graves. Tiene la misma protección que la maternidad, con un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora. Se protege tanto el acogimiento preadoptivo como el permanente.
Acta de infracción
Documento que inicia el procedimiento sancionador, redactado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el que se constatan determinados hechos con incumplimientos de normas laborales o de Seguridad Social.
Acta de liquidación
Documento redactado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que inicia la tramitación de expedientes liquidatorios por deudas de Seguridad Social (faltas de afiliación y alta, diferencias de cotización, etc.).
Administración de la Seguridad Social
Organismos, Servicios y Entidades Gestoras que ejercen las funciones no jurisdiccionales del Estado en materia de Seguridad Social, que no sean propias del Gobierno, así como su gestión y administración.
Adopción
Institución jurídica por la que se concede la patria potestad sobre un menor, creando vínculos jurídicos de parentesco análogos a la filiación.
Afiliación
Inscripción del trabajador en la Seguridad Social, obligatoria para las personas incluidas en su campo de aplicación y única para la vida de las mismas para todo el sistema, sin perjuicio de las altas y las bajas en los distintos regímenes que la integran.
Agente de seguros
Persona que representa a la Entidad Aseguradora y que, generalmente, sirve de contacto para todas las gestiones entre el asegurado y el asegurador.
Agravación de la Incapacidad Permanente
Hasta el cumplimiento de la edad de 65 años, la Administración y el incapaz permanente pueden promover la revisión de su estado para obtener mayor grado de la incapacidad por agravación de las dolencias.
Alta en Seguridad Social
Comunicación obligatoria que debe hacer el empresario, o en su caso el autónomo o trabajador obligado, ante la Seguridad Social cuando un trabajador ingresa en la empresa, o inicia el trabajo por cuenta propia.
Alta médica
Documento expedido por el médico del Servicio Público de la Salud, del INSS o de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que determina la aptitud para el trabajo o el pase a la posible situación de incapacidad permanente. Se denomina también parte de alta.
Anticipo sobre póliza
En aquellas modalidades del Seguro de Vida que tengan dercho de rescate, es la cantidad que puede percibir el asegurado a cuenta del Capital Asegurado, cumplidas las condiciones de la póliza.
Anulación
Significa la rescisión de los efectos de una póliza. Tiene como consecuencia básica la no existencia de dicha póliza. El asegurado ha de reembolsar las indemnizaciones percibidas y el asegurador debe devolver las primas cobradas. Es como si nunca hubiese existido el contrato.
Aplazamiento de cuotas
Resolución administrativa de la Tesorería General de la Seguridad Social, de carácter discrecional, por el que se concede un plazo para pagar en cantidades periódicas las deudas con las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
Aportación del Estado
Recursos económicos previstos en la ley e incluidos en los presupuestos generales para el sostenimiento de las cargas de la Seguridad Social o para atenciones especiales por exigencias de la coyuntura.
Apremio
Mandamiento de la autoridad competente, administrativa o judicial, por el que se compele a una persona a que pague los débitos de la Seguridad Social con las costas procedentes, embargando bienes suficientes para cubrir el débito.
Asegurado
Persona sobre la que recae la cobertura del contrato de Seguro. El asegurado no es forzosamente el suscriptor del contrato, ni el pagador de la prima, ni el beneficiario.
Asegurador, ra
Empresa que, mediante el pago de una prima convenida, toma a su cargo la reparación o solución de los siniestros que cubría el contrato (ver Entidad Aseguradora).
Asignación económica por hijo a cargo
Cantidad concedida en concepto de protección familiar por hijo a cargo. (Ver Protección Familiar).
Asistencia jurídica gratuita
Derecho a participar gratuitamente en los pleitos laborales y de seguridad social por parte de los trabajadores, beneficiarios, Entidades Gestoras y otras personas en los términos reconocidos por las leyes.
Asistencia sanitaria
Derecho de los afiliados en la Seguridad Social, y de sus familiares a cargo, a recibir tratamiento médico y farmaceútico en casos de enfermedad, accidente y maternidad. Es dispensada por el INSALUD y por los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas.
Auto judicial
Resolución razonada, dictada por el juez o tribunal, sobre cuestiones determinadas por la ley que no son de mero trámite ni deciden definitivamente el pleito.
Autónomos
Trabajadores por cuenta propia, sean o no titulares de empresas individuales, o familiares de los mismos mayores de 18 años, que reúnan los requisitos que de modo expreso se determinan reglamentariamente.
Ayudas asistenciales
Auxilios económicos en atención a estados o situaciones de necesidad.